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VIOLENCIA DE GÉNERO Y DOMÉSTICA. ABOGADO PENAL Bilbao

En ocasiones escuchamos las expresiones 'violencia de género' y 'violencia doméstica' entendiendo que se refieren al mismo hecho, pero legalmente no son exactamente iguales. A esta confusión contribuyen a veces los medios de comunicación: televisión, noticias, etc, que utilizan estas expresiones sin demasiado rigor.

Diferencia entre violencia de género y doméstica


Violencia doméstica es la regulada en el artículo 173.2 del Código Penal:
'El que habitualmente ejerza violencia física o psíquica sobre quien sea o haya sido su cónyuge o sobre persona que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o sobre los descendientes, ascendientes o hermanos por naturaleza, adopción o afinidad, propios o del cónyuge o conviviente, o sobre los menores o personas con discapacidad necesitadas de especial protección que con él convivan o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho del cónyuge o conviviente, o sobre persona amparada en cualquier otra relación por la que se encuentre integrada en el núcleo de su convivencia familiar, así como sobre las personas que por su especial vulnerabilidad se encuentran sometidas a custodia o guarda en centros públicos o privados (...)'

El artículo hace referencia por tanto a un número abierto de posibilidades, cuyo punto principal es que se trata de personas que conviven con el autor. De ahí el término 'doméstica'.

Por violencia de género, en cambio, entendemos aquella que se comete contra una persona del sexo femenino por parte de otra del sexo masculino.

Por lo tanto puede darse un caso en que existe violencia doméstica pero no estemos ante violencia de género propiamente dicha, como acabamos de ver. Vamos a poner un ejemplo:
Juan, que convive que con su hermana Luisa, golpea a esta y le deja heridas en brazo y piernas.
Pedro, que convive con su mujer Antonia, tiene una acalorada discusión con ella y la empuja contra un mueble.

A tenor del Código Penal, el primero de los casos se calificaría como violencia doméstica y el segundo como violencia de género.

Desde nuestro Despacho de Bilbao contamos con abogados penalistas que pueden ayudarle con cualquier tipo de delito, por lo que si necesita más información no dude en consultarnos.

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