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MENORES Y CONSENTIMIENTO SEXUAL. ABOGADO PENALISTA Bilbao

En el ámbito de las relaciones sexuales en las que intervienen menores de edad, el ámbito legal es especialmente cuidadoso, sobre todo cuando se trata de menores de 16 años, por los motivos que vamos a ver a continuación.

Con la reforma del Código Penal en el año 2015 se elevó la edad de consentimiento sexual hasta los 16 años, ya que la anterior -13 años- era extremadamente baja en nuestro país. De hecho era mucho más baja que la del resto de países en Europa y también una de las más bajas del mundo. Por esa razón la ONU sugirió a España que modificase este aspecto para así adecuarlo a la Convención de Derechos de la Infancia.

Actualmente, por lo tanto, quien mantenga relaciones sexuales con un menor de esta edad estará cometiendo un delito. Esto es así incluso aunque exista consentimiento del propio menor, ya que ese consentimiento no se considera válido. Existe una única excepción a este supuesto: la relación sexual con el menor no se considerará delito si la otra persona es cercana al menor por edad y grado de madurez. Así lo establece el artículo 183 (quater) del Código Penal:
'El consentimiento libre del menor de dieciséis años excluirá la responsabilidad penal por los delitos previstos en este Capítulo, cuando el autor sea una persona próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez.'

Si se tienen dudas sobre el tema, o alguno de sus hijos ha sido víctima de este delito no dude en acudir a un profesional legal para que le asesore. Nuestro Despacho de Bilbao cuenta con un equipo de abogados penalistas que pueden ayudarle en este u otros supuestos. Para ponerse en contacto con nosotros le recomendamos pedir una cita previa, lo cual puede hacer por teléfono o vía internet, y le atenderemos lo antes posible.

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