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DELITOS DE ROBO Y HURTO. ABOGADO PENALISTA EN Bilbao

Entre las consultas más habituales que tenemos los abogados penalistas se encuentran las relacionadas con los delitos de robo y hurto. Es importante saber que son dos delitos distintos, pese a que normalmente se suelan confundir. Es frecuente que se diga simplemente que 'nos han robado', pero como veremos el Código Penal separa estas dos conductas.

El artículo 234 define el hurto de la siguiente manera:
El que, con ánimo de lucro, tomare las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño será castigado, como reo de hurto, con la pena de prisión de seis a dieciocho meses si la cuantía de lo sustraído excediese de 400 euros (...).

Por otra parte, el artículo 237 define el robo en estos términos:
Son reos del delito de robo los que, con ánimo de lucro, se apoderaren de las cosas muebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder o abandonar el lugar donde éstas se encuentran o violencia o intimidación en las personas, sea al cometer el delito, para proteger la huida, o sobre los que acudiesen en auxilio de la víctima o que le persiguieren.

Lo que diferencia ambas conductas es, fundamentalmente, que en un robo existe intimidación o violencia. De ahí que la pena también sea mayor en estos casos. En cualquiera de los dos casos si hemos sido víctimas de esta situación y estamos buscando ayuda legal, lo conveniente es hacerlo por medio de un abogado que esté especializado en Derecho Penal. Esto es así porque esta rama del Derecho requiere de ciertos conocimientos y experiencia previa.

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En nuestro Despacho de Bilbao podemos atenderle sea cual sea su caso. Recuerde que prestamos defensa en todo tipo de delitos penales. Sólo tiene que pedir una cita previa -por teléfono o internet- y nuestro equipo se hará cargo de su situación.

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