DETENCIÓN ILEGAL: HABEAS CORPUS. ABOGADO PENAL Bilbao
Pero ¿qué se considera por persona detenida ilegalmente?
Según la Ley se encontrarán en esta situación las siguientes personas:
- Las que lo fueren por una autoridad, agente de la misma, funcionario público o particular, sin que concurran los supuestos legales, o sin haberse cumplido las formalidades prevenidas y requisitos exigidos por las Leyes.
- Las que estén ilícitamente internadas en cualquier establecimiento o lugar.
- Las que lo estuvieran por plazo superior al señalado en las Leyes, si transcurrido el mismo, no fuesen puestas en libertad o entregadas al Juez más próximo al lugar de la detención.
- Las privadas de libertad a quienes no les sean respetados los derechos que la Constitución y las Leyes Procesales garantizan a toda persona detenida.
Según la Constución Española, la detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial. A la persona detenida también se le tiene que informar de sus derechos y del motivo de la detención.
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